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Real Decreto Vigente

Artículo 76. Prueba.

Artículo 76 del Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2024-7594

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-18.

Texto consolidado

1. Recibidas las alegaciones o transcurrido el plazo señalado en el artículo 78.1, el instructor podrá acordar la apertura de período de prueba, por un plazo no superior a treinta días ni inferior a diez días.

2. En el acuerdo, que se notificará a las personas interesadas, se podrá rechazar de forma motivada la práctica de aquellas pruebas que se hubiesen propuesto por aquéllos, cuando sean improcedentes.

3. La práctica de las pruebas que el Instructor estime pertinentes, entendiéndose por tales aquellas distintas de los documentos que las personas interesadas puedan aportar en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, se realizará de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-04-18.

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