Artículo 76. Actividades ecuestres (B).
Artículo 76 de la Ley 4/2011, de 29 de marzo, de aprobación de las Directrices de Ordenación de Ámbito Subregional de la Montaña Cantábrica Central en Castilla y León. · BOE-A-2011-8024
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-15.
Texto consolidado
Dada la gran variedad de oportunidades que ofrece, su escaso impacto ambiental y su consideración para ofrecer un turismo de calidad, se procurará dotar al ámbito de infraestructuras e instalaciones ecuestres.
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