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Real Decreto Vigente

Artículo 75. Caducidad de las autorizaciones.

Artículo 75 del Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. · BOE-A-2015-12054

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-08.

Texto consolidado

Las autorizaciones caducarán cuando hubiese transcurrido el plazo de ejecución y no se hubiesen ultimado las instalaciones en la fecha prevista por causa imputable a los propios interesados quienes, en todo caso, pueden solicitar prórroga mientras sigan vigentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-11-08.

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