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Real Decreto Vigente

Artículo 75. Recursos extraordinarios.

Artículo 75 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.

Texto consolidado

En cualquier otro recurso extraordinario que se interpusiese, el profesional de la Procura devengará como máximo la cantidad de 54,00 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-05-02.

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