El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 75. Requisitos de la colaboración con la iniciativa privada.

Artículo 75 de la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura. · BOE-A-2001-14418

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-04.

Texto consolidado

1. La suscripción de conciertos con entidades, empresas o profesionales ajenos al Servicio Extremeño de Salud para la prestación de servicios sanitarios y sociosanitarios se realizará en igualdad de condiciones de eficacia, eficiencia y calidad, teniendo en cuenta los principios de subsidiaridad, complementariedad, optimización y adecuada coordinación en la utilización de recursos públicos y privados, y teniendo en cuenta las necesidades de atención sanitaria en cada momento.

2. Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro tendrán consideración preferente para la suscripción de conciertos, en los términos expresados en el apartado anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-04.

Más artículos de Ley 10/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 10/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.