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Real Decreto Vigente

Artículo 74. Código de selección de operador.

Artículo 74 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios. · BOE-A-2005-6970

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-30.

Texto consolidado

Cuando en el establecimiento de una comunicación se haya realizado una selección de operador mediante la marcación de código, éste no deberá visualizarse en destino.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-04-30.

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