Artículo 74. Bases técnicas a considerar en las autorizaciones de vertido.
Artículo 74 del Real Decreto 285/2013, de 19 de abril, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil. · BOE-A-2013-4209
Atención: Real Decreto 285/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Cada vertido se estudiará individualmente y en conjunto con los restantes vertidos, incluida la carga contaminante de origen difuso presente o estimada para la cuenca.
En el estudio de conjunto se considerarán las correspondientes masas de agua.