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Real Decreto Derogada

Artículo 74. Bases técnicas a considerar en las autorizaciones de vertido.

Artículo 74 del Real Decreto 285/2013, de 19 de abril, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil. · BOE-A-2013-4209

Atención: Real Decreto 285/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cada vertido se estudiará individualmente y en conjunto con los restantes vertidos, incluida la carga contaminante de origen difuso presente o estimada para la cuenca.

En el estudio de conjunto se considerarán las correspondientes masas de agua.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-04-21.

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