El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 73. Clases.

Artículo 73 de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears. · BOE-A-2013-12688

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-03.

Texto consolidado

1. El marisqueo puede hacerse con carácter profesional o recreativo.

2. Se entiende por marisqueo profesional el que se hace con carácter habitual y con ánimo de lucro, empleando artes específicas y selectivas.

3. Se entiende por marisqueo recreativo el que se hace por entretenimiento, deporte o afición, sin ánimo de lucro. Las capturas que se obtengan en el ejercicio del marisqueo recreativo no pueden ser objeto de venta ni transacción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-12-03.

Más artículos de Ley 6/2013

En El Vínculo puedes leer Ley 6/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.