Artículo 73. Estatutos.
Artículo 73 de la Ley 5/2001, de 10 de mayo, de Crédito Cooperativo. · BOE-A-2001-13275
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-08.
Texto consolidado
Los Estatutos de la Federación Extremeña de Cooperativas de Crédito deberán ser aprobados por la Consejería de Economía, Industria y Comercio.