Artículo 72. Ampliaciones y acumulaciones.
Artículo 72 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.
Texto consolidado
Por la solicitud de acumulación y ampliación de expedientes se devengará como máximo la cantidad de 73,22 euros.