Artículo 72. Conceptos generales de la evaluación.
Artículo 72 del Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil. · BOE-A-2018-3764
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-06.
Texto consolidado
1. El sistema de enseñanza de la Guardia Civil será evaluado mediante un proceso continuo que tiene por finalidad asegurar, y en su caso mejorar, la calidad de la enseñanza, conforme a lo dispuesto en este capítulo.
2. El objeto de dicha evaluación es determinar si la estructura de la enseñanza, los procedimientos utilizados, los planes de estudio diseñados y los regímenes del alumnado y profesorado se adecuan a las finalidades de la enseñanza, según se determina en el artículo 28.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
3. Serán objeto de evaluación la enseñanza de formación, la enseñanza de perfeccionamiento y la de altos estudios profesionales, así como los centros docentes de la Guardia Civil, mediante los sistemas de autoevaluación, evaluación externa o evaluación específica.