Artículo 72. Cuantía.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-25.
Texto consolidado
Dentro del crédito anual destinado a las mismas, que en el caso de cortometrajes tendrá como límite máximo el 20 por 100 de dicha cantidad total, el importe máximo de las ayudas será de 150.000 euros por película beneficiaria o conjunto de cortometrajes.
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- Ver la norma completa: Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.