Artículo 72. Medidas estructurales.
Artículo 72 de la Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina. · BOE-A-2002-8488
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-18.
Texto consolidado
La Consejería de Agricultura y Pesca fomentará la realización de inversiones para la mejora del equipamiento de los puertos pesqueros, así como para la mejora de los establecimientos de comercialización, almacenamiento y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.