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Resolución Vigente

Artículo 71. Comité de Competiciones.

Artículo 71 de la Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza. · BOE-A-2024-17642

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-31.

Texto consolidado

El Comité de Competiciones está integrado por los representantes de las distintas especialidades deportivas que tutela la Real Federación Española de Caza. El Presidente del Comité de Competición será designado por el Presidente de la Real Federación Española de Caza.

Las funciones de este Comité de Competiciones serán las siguientes:

Elaborar propuestas de los calendarios de competiciones anuales. Elaborar informes de las competiciones realizadas.

Informar al Comité Jurisdiccional y Disciplinario de los recursos habidos por deportistas o clubes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-08-31.

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