Artículo 71. Funciones consultivas de los depositarios centrales de valores.
Atención: Real Decreto 878/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los depositarios centrales de valores asesorarán a la Comisión Nacional del Mercado de Valores a solicitud de ésta o mediante elevación de mociones en todas las materias relacionadas con la liquidación de valores y con la llevanza de los registros contables.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre, sobre compensación, liquidación y registro de valores negociables representados mediante anotaciones en cuenta, sobre el régimen jurídico de los depositarios centrales de valores y de las entidades de contrapartida central y sobre requisitos de transparencia de los emisores de valores admitidos a negociación en un mercado secundario oficial.