Artículo 71. Propaganda electoral.
Artículo 71 de la Orden APM/111/2018, de 25 de enero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Cava". · BOE-A-2018-1853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-11.
Texto consolidado
Ni en el local electoral ni en sus inmediaciones podrá realizarse propaganda de ningún género a favor de candidatura alguna.