Artículo 71. Indemnizaciones.
Artículo 71 de la Ley 9/2023, de 5 de mayo, de función pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2023-12918
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-08-08.
Texto consolidado
El personal funcionario percibirá las indemnizaciones correspondientes por razón del servicio.