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Ley Vigente

Artículo 71. Tasa de acreditación catastral.

Artículo 71 de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007. · BOE-A-2006-22865

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-18.

Texto consolidado

Con efectos 1 de enero de 2007 y vigencia indefinida, se modifican los párrafos j), k) y l) del artículo 66.3, así como el párrafo c) del artículo 66.4 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, los cuales quedan redactados en los siguientes términos:

«Artículo 66. Productos y tarifas.

3. (...)

j) Cartografía digitalizada de bienes inmuebles urbanos y de características especiales para su transformación y distribución: 6,00 euros por soporte o fichero, más 0,65 euros/hectárea por cada copia que se autorice a distribuir.

k) Cartografía digitalizada de bienes inmuebles rústicos: 6,00 euros por soporte o fichero, más 0,26 euros/hectárea.

l) Cartografía digitalizada de bienes inmuebles rústicos para su transformación y distribución: 6,00 euros por soporte o fichero más, por cada copia que se autorice a distribuir, 0,40 euros por cada 10 hectáreas o fracción de cartografía que contenga dicha copia.

4. (...)

c) Por cada 1.000 registros procesados o fracción: 0,60 euros.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-18.

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