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Ley Derogada

Artículo 71. Instrumentos de gestión territorial.

Artículo 71 de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. · BOE-A-2004-13470

Atención: Ley 4/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para la consecución del objeto y las finalidades indicadas en los artículos anteriores, las administraciones públicas podrán utilizar los siguientes instrumentos de gestión:

a) Programas y proyectos para la sostenibilidad y la calidad de vida.

b) Umbrales de consumo de recursos y emisión de contaminantes a partir de un sistema de indicadores territoriales y ambientales.

c) Recursos financieros provenientes de:

Cuotas de sostenibilidad.

Gestión del patrimonio público de suelo.

El Fondo de Equidad Territorial.

d) Sistemas de coordinación y control del cumplimiento de los objetivos y criterios de ordenación del territorio establecidos en esta ley y de los instrumentos de planificación territorial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-07-03.

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