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Ley Derogada

Artículo 71. Centro de Perfeccionamiento Técnico.

Artículo 71 de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. · BOE-A-2011-20657

Atención: Ley 14/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Centro de Perfeccionamiento Técnico es un servicio administrativo del Gobierno Vasco, adscrito al Departamento competente en materia de deportes, a quien se atribuye el asesoramiento, evaluación y control integral de los deportistas federados, en especial de deportistas de alto nivel.

Los cometidos específicos del centro se determinarán y desarrollarán reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-15.

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