Artículo 70. Inspección.
Artículo 70 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12526
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-13.
Texto consolidado
La dirección general con competencias en materia de patrimonio cultural podrá inspeccionar, en cualquier momento, las obras y las intervenciones que afecten a bienes del patrimonio cultural de la Región de Murcia.