Artículo 70. Defensa del derecho.
Artículo 70 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. · BOE-A-2015-8328
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-01.
Texto consolidado
El titular de una patente podrá ejercitar ante los órganos judiciales las acciones que correspondan, cualquiera que sea su clase y naturaleza, contra quienes lesionen su derecho y exigir las medidas necesarias para su salvaguardia.