Artículo 70. Proyecto educativo individual (PEI).
Artículo 70 del Decreto-ley 7/2022, de 11 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears. · BOE-A-2022-15292
Atención: Decreto-ley 7/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El proyecto educativo individual es el documento que recoge los compromisos de itinerario hacia la autonomía personal que debe llevar a cabo el joven y los apoyos técnicos que debe recibir.
2. El PEI debe estar pactado y firmado por el técnico de la consejería competente en materia de servicios sociales y por la persona joven a quien se aplica.
3. El PEI siempre puede modificarse, de forma consensuada, a instancia de la persona joven o persona técnica encargada del seguimiento. El PEI puede modificarse tantas veces como las partes lo encuentren adecuado.