Artículo 70. Sistemas y fases de selección.
Artículo 70 del Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco. · BOE-A-2020-9740
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-07.
Texto consolidado
1. El ingreso en los cuerpos que integran la Policía del País Vasco se llevará a cabo mediante los sistemas de oposición, concurso o concurso-oposición, que se complementarán, como una fase más del proceso selectivo, con la realización de cursos de formación y períodos de prácticas.
2. Cuando las pruebas selectivas adopten el sistema de concurso-oposición, la valoración de la fase de concurso no podrá exceder del 45 % de la puntuación máxima alcanzable en la de oposición, sin que la puntuación obtenida en aquella pueda ser utilizada para superar los ejercicios de la oposición o alterar las calificaciones obtenidas en ellos.