Artículo 7. Características de las materias primas.
Artículo 7 del Real Decreto 770/1999, de 7 de mayo, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de detergentes y limpiadores. · BOE-A-1999-11049
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-05-19.
Texto consolidado
1. Biodegradabilidad: los agentes tensioactivos de los productos objeto de esta Reglamentación deberán cumplir con lo dispuesto en la legislación vigente en materia de biodegradabilidad.
2. Otras características: los componentes de los productos objeto de esta Reglamentación quedarán sometidos a lo dispuesto en el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, o, en su caso, a lo dispuesto en el Real Decreto 1078/1993, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.
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