Artículo 6. Condiciones generales referentes al personal.
Artículo 6 del Real Decreto 770/1999, de 7 de mayo, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de detergentes y limpiadores. · BOE-A-1999-11049
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-05-19.
Texto consolidado
El personal que intervenga en el proceso de elaboración, vestirá durante el trabajo de forma adecuada y con la debida pulcritud e higiene. Cumplirá la legislación laboral vigente en materia de seguridad laboral.
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