Artículo 7. Definición de los sistemas de explotación.
Artículo 7 del Real Decreto 740/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Melilla. · BOE-A-2013-10271
Atención: Real Decreto 740/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
De acuerdo con el artículo 19 de Reglamento de la Planificación Hidrológica se define la Demarcación como sistema de explotación único.
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