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Real Decreto Derogada

Artículo 7. Publicidad de los ficheros automatizados.

Artículo 7 del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos. · BOE-A-1993-11252

Atención: Real Decreto 428/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Agencia de Protección de Datos velará por la publicidad de la existencia de los ficheros automatizados de datos de carácter personal, a cuyo efecto publicará y difundirá un catálogo anual de los ficheros inscritos en el Registro General de Protección de Datos, con expresión de la información que al amparo de lo dispuesto en el artículo 36, j), de la Ley Orgánica 5/1992, determine el Director.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-05-24.

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