El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 7. Definición de los sistemas de explotación.

Artículo 7 del Real Decreto 355/2013, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir. · BOE-A-2013-5319

Atención: Real Decreto 355/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. De acuerdo con el artículo 19.1 del Reglamento de Planificación Hidrológica, en la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir se han definido ocho sistemas de explotación que se enuncian a continuación, con sus correspondientes subsistemas:

Sistema 1. Guadiamar.

Sistema 2. Abastecimiento Sevilla.

Subsistema Rivera de Huelva.

Subsistema Rivera de Huesna.

Sistema 3. Abastecimiento de Córdoba.

Sistema 4. Abastecimiento de Jaén.

Sistema 5. Hoya de Guadix.

Sistema 6. Alto Genil.

Subsistema Vega Alta y Media de Granada.

Subsistema Bermejales.

Subsistema Vega Baja de Granada.

Sistema 7. Regulación General.

Subsistema de Regulación General.

Subsistema Dañador.

Subsistema Aguascebas.

Subsistema Fresneda.

Subsistema Martín Gonzalo.

Subsistema Jándula-Montoro.

Subsistema Sierra Boyera.

Subsistema Viar.

Subsistema Rumblar.

Subsistema Guadalentín.

Subsistema Guardal.

Sistema 8. Bembézar-Retortillo.

El ámbito de los sistemas de explotación se describe en el apéndice 5 y en la Lámina L.V.I de dicho apéndice se presenta gráficamente la ubicación de los sistemas de explotación definidos basándose en criterios territoriales de superficie.

2. Para posibilitar el análisis global de comportamiento en toda la Demarcación Hidrográfica, los sistemas de explotación definidos en el apartado primero se integran, de forma simplificada, como sistemas parciales en un sistema único de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.5 del Reglamento de Planificación Hidrológica.

3. Con la finalidad de aumentar la garantía de suministro, es un objetivo del Plan el sistema único de explotación, salvo:

a) Abastecimiento a grandes aglomeraciones urbanas, Sistemas de Abastecimiento de más de 150.000 habitantes.

b) Aquellos casos en que la interconexión sea técnica, ambiental o económicamente no viable.

4. Con objeto de permitir una gestión óptima dentro de un sistema de los recursos disponibles en cantidad y calidad y aumentar la garantía del suministro, debe interconectarse, o completarse la interconexión, del mayor número posible de Unidades de Demandas con los recursos disponibles.

5. Las Masas de Agua Subterránea definidas en el artículo 4 se adscriben a los sistemas de explotación de recursos en la forma expresada en el Cuadro C.7.1.

Cuadro C.7.1 Adscripción de las masas de agua subterránea a los sistemas de explotación de recursos (ser)

Masa de agua subterránea

Ser al que se adscribe

Masa de agua subterránea

Ser al que se adscribe

Código

Nombre

Código

Nombre

501

Sierra de Cazorla.

7

523

Úbeda.

7

502

Quesada Castril.

7

524

Bailén-Guarromán-Linares.

7

503

Duda - La Sagra.

7

525

Rumblar.

7

504

Huéscar-Puebla de D. Fadrique.

7

526

Aluvial del Guadalquivir-Curso Alto.

7

505

La Zarza.

7

527

Porcuna.

7

506

Orce-María-Cúllar.

7

528

Montes Orientales-Sector Norte.

4, 6 y 7

507

Ahillo-Caracolera.

7

529

Sierra de Colomera.

6

508

Sierra de las Estancias.

7

530

Sierra de Arana.

5 y 6

509

Baza-Caniles.

7

531

La Peza.

5 y 6

510

Jabalcón.

7

532

Depresión de Granada.

6

511

Sierra de Baza.

5 y 7

533

Sierra Elvira.

6

512

Guadix-Marquesado.

5

534

Madrid-Parapanda.

6

513

El Mencal.

5 y 7

535

Sierra de Cabra-Gaena.

7

514

Bédmar-Jódar.

7

536

Rute-Horconera.

7

515

Torres-Jimena.

7

537

Albayate-Chanzas.

6 y 7

516

Jabalcuz.

7

538

El Pedroso-Arcas.

6 y 7

517

Jaén.

4 y 7

539

Hacho de Loja.

6

518

San Cristóbal.

7

540

Sierra Gorda-Polje de Zafarraya.

6

519

Mancha Real-Pegalájar.

7

541

Guadahortuna-Larva.

5, 6 y 7

520

Almadén-Carluca.

7

542

Tejeda-Almijara-Las Guájaras.

6

521

Sierra Mágina.

7

543

Sierra y Mioceno de Estepa.

7

522

Mentidero-Montesinos.

4

544

Altiplanos de Écija.

7

545

Sierra Morena.

2, 7 y 8

565

Sierra de Padul.

6

546

Aluvial del Guadalquivir-Medio.

7

566

Grajales-Pandera-Carchel.

4 y 7

547

Sevilla-Carmona.

7

568

Puente Genil-La Rambla-Montilla.

7

548

Arahal-El Coronil-Morón-Puebla de Cazalla.

7

569

Osuna-La Lantejuela.

7

549

Gerena-Posadas.

1, 7 y 8

570

Gracia-Ventisquero.

4 y 7

550

Aljarafe.

1 y 7

571

Campo de Montiel.

7

551

Almonte-Marismas.

1

572

Sierra de Cañete.

7

552

Lebrija.

7

573

Aluvial del Guadalquivir-Sevilla.

7

6. De conformidad con el artículo 9.2 del Reglamento de la Planificación Hidrológica el Cuadro C.7.2 presenta la propuesta de las masas de agua subterránea compartidas con otras demarcaciones, resultantes de la partición de antiguas unidades hidrogeológicas compartidas con otras cuencas hidrográficas y para las que el Plan Hidrológico Nacional podrá establecer determinados criterios para ordenar su explotación compartida.

Cuadro C.7.2 Masas de agua subterránea resultantes de la partición de antiguas unidades hidrogeológicas compartidas con otras cuencas hidrográficas

N.º Orden

Código y nombre Plan Hidrológico de la demarcación del Guadalquivir

Código y nombre Plan Hidrológico de la demarcación con quien comparte

Compartida con *

1

05.05 La Zarza.

07.54 Sierra de la Zarza.

Segura.

2

05.06 Orce-María.

07.27 Orce-María.

Segura.

3

05.08 Sierra de las Estancias.

060.002 Sierra de las Estancias.

CMA.

4

05.40 Sierra Gorda-Zafarraya.

060.025 Sierra Gorda-Zafarraya.

CMA.

5

05.42 Tejeda-Almijara-Las Guájaras.

060.024 Sierra de Almijara

060.061 Sierra de Albuñuelas

060.062 Sierra de las Gúajaras

060.064 Sierra de Tejeda.

CMA.

6

05.49 Gerena-Posadas.

030.593 Niebla.

CAA.

7

05.51 Almonte-Marismas.

030.595 Condado.

CAA.

8

05.65 Sierra de Padul.

060.017 Sierra de Padul Sur.

CMA.

9

05.71 Campo de Montiel.

30609 Campo de Montiel.

Guadiana.

10

05.72 Sierra de Cañete.

060.041 Sierra de Cañete Sur.

CMA.

* CMA: Cuencas Mediterráneas Andaluzas; CAA: Cuencas Atlánticas Andaluzas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-05-22.

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