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Real Decreto Vigente

Artículo 7. Riesgos pecuarios.

Artículo 7 del Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados. · BOE-A-1979-23945

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-10-29.

Texto consolidado

El Seguro de las producciones pecuarias tendrá por objeto la cobertura de los riesgos de muerte, sacrificio obligatorio e inutilización o pérdida de la función específica del ganado, a consecuencia de accidente, enfermedad o epizootia, en la forma que se determine en la póliza, siempre que no hayan podido ser utilizados los medios preventivos normales por causas no imputables al asegurado, o hayan resultado ineficaces total o parcialmente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1979-10-29.

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