Artículo 7. Estructura de la sección primera y sus apartados.
Artículo 7 del Real Decreto 1979/2008, de 28 de noviembre, por el que se regula la edición electrónica del «Boletín Oficial del Registro Mercantil». · BOE-A-2008-19826
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-01.
Texto consolidado
1. Los actos de la sección primera se publicarán agrupados en bloques, uno por cada provincia. Cada bloque comenzará página en el diario electrónico.
2. El orden en que se publicarán estos bloques de actos será el de los códigos postales correspondientes a cada una de las provincias.