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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 7. Secretaría General.

Artículo 7 del Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas. · BOE-A-1997-19126

Atención: Real Decreto 1270/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Secretaría General, con nivel orgánico de Subdirección General, es el órgano de la Oficina Española de Patentes y Marcas que tiene a su cargo los servicios de carácter general y administrativo del organismo.

2. Le corresponden, en particular, las siguientes funciones:

a) La elaboración del anteproyecto anual del presupuesto de ingresos y gastos de la Oficina.

b) La gestión y administración de los recursos humanos e interlocución con los órganos de representación del personal del organismo.

c) La gestión económica y financiera del organismo y la contratación administrativa, así como la presidencia de los órganos de contratación del organismo.

d) (Suprimida)

e) La gestión de los servicios de archivo, información y depósito, publicaciones y régimen interior.

f) Actuar como órgano de comunicación normal con los Departamentos ministeriales, organismos y entidades que tengan relación con la Oficina Española de Patentes y Marcas.

g) Gestionar los asuntos relacionados con el Colegio de Agentes de la Propiedad Industrial.

h) Atender los asuntos de carácter general no atribuidos a otras dependencias del organismo.

3. El titular de la Secretaría General suple temporalmente al Director del organismo, en caso de ausencia, vacante o enfermedad.

Se suprime la letra d) por el art. único.2 del Real Decreto 397/2006, de 31 de marzo. Ref. BOE-A-2006-7174

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-04-23.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2006-7174.

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