Artículo 7.
Artículo 7 del Real Decreto 1270/1983, de 30 de marzo, por el que se regula la Orden Civil de Sanidad. · BOE-A-1983-14462
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-06-10.
Texto consolidado
El acto de imposición de las condecoraciones de la Orden Civil de Sanidad será adecuado a las circunstancias que concurran en cada caso, pero procurando siempre resaltar su carácter de honor, distinción y reconocimiento público.