Artículo 7. Sesiones del Patronato.
Artículo 7 del Real Decreto 1267/2006, de 8 de noviembre, por el que se crea el Patronato del Archivo de la Corona de Aragón. · BOE-A-2006-19411
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-10.
Texto consolidado
1. Las sesiones del Pleno del Patronato son ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se celebrarán, al menos, una vez al año, y las extraordinarias, previa convocatoria del Presidente del Patronato, por propia iniciativa o a petición de una tercera parte de sus miembros.
2. La Comisión Permanente se reunirá, en sesión ordinaria, al menos una vez al año, y en sesión extraordinaria, por convocatoria del Presidente o a petición de una tercera parte de sus miembros.
3. En caso de imposibilidad de asistencia a una sesión, tanto del Patronato como de la Comisión Permanente, es posible la delegación del voto en otro miembro del Patronato, previa comunicación al secretario con la antelación suficiente.