Artículo 6. Funciones de la Comisión Permanente.
Artículo 6 del Real Decreto 1267/2006, de 8 de noviembre, por el que se crea el Patronato del Archivo de la Corona de Aragón. · BOE-A-2006-19411
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-10.
Texto consolidado
Corresponde a la Comisión Permanente:
a) Elaborar y someter al Pleno del Patronato el plan general de actuación anual.
b) Estudiar, deliberar e informar otras propuestas que se deban someter a la aprobación del Pleno del Patronato.
c) Cuidar el cumplimiento, desarrollo y ejecución de los acuerdos adoptados por el Patronato.
d) Asumir cuantas otras funciones le sean encomendadas por el Pleno del Patronato, excepto las señaladas en los apartados a), d), g), i) y j) del artículo anterior, que son indelegables.
e) Dar cuenta al Pleno del Patronato de los acuerdos adoptados en el ejercicio de las funciones anteriores.