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Real Decreto Derogada

Artículo 7. Exigencia de otros requisitos.

Artículo 7 del Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2001-22623

Atención: Real Decreto 1250/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para ocupar determinados destinos se podrá establecer previamente la exigencia de alguno de los siguientes requisitos:

a) Psicofísicos de carácter permanente o temporal.

b) Profesionales.

c) De edad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-06-04.

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