Artículo 7. Colaboración del sector.
Artículo 7 del Real Decreto 1204/2003, de 19 de septiembre, por el que se crea la Comisión Interministerial de Investigación Pesquera. · BOE-A-2003-18096
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-01.
Texto consolidado
La comisión interministerial propondrá asimismo la forma de participación de los agentes activos del sector pesquero en la planificación, programación y determinación de los objetivos de los programas de investigación pesquera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86.3 de la Ley 3/2001.