Artículo 6. Colaboración con las comunidades autónomas.
Artículo 6 del Real Decreto 1204/2003, de 19 de septiembre, por el que se crea la Comisión Interministerial de Investigación Pesquera. · BOE-A-2003-18096
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-01.
Texto consolidado
La comisión interministerial propondrá la forma más apropiada de colaboración con las comunidades autónomas, con el fin de elaborar y acordar con cada una de ellas las propuestas de actuaciones conjuntas que se consideren necesarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86.2 de la Ley 3/2001.