Artículo 7. Junta general.
Artículo 7 del Real Decreto 1011/2009, de 19 de junio, por el que se regula la Oficina de Cambios de Suministrador. · BOE-A-2009-10220
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-06-21.
Texto consolidado
1. La Junta general se rige por lo dispuesto en este real decreto, en los Estatutos de la sociedad y, en su caso, en el Reglamento de la Junta General.
2. Corresponde a los accionistas constituidos en Junta general decidir, por mayoría en los asuntos propios que sean competencia legal de ésta.
No obstante, será necesaria mayoría cualificada cuando así lo determinen los Estatutos.