Artículo 7. Actividades culturales y científicas.
Artículo 7 de la Orden APA/1206/2020, de 14 de diciembre, por la que se regula el Sistema Archivístico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. · BOE-A-2020-16561
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-22.
Texto consolidado
La realización de actividades culturales y científicas que requieran un acuerdo con instituciones archivísticas, académicas, científicas y culturales para la realización de actividades de interés recíproco, se efectuarán sobre la base de un Convenio de suscrito entre las instituciones afectadas.
Los términos de dichos Convenios asegurarán el cumplimiento de todo lo dispuesto en la presente orden y en las normas técnicas y de procedimiento que en su caso lo desarrollen.
Estos Convenios se regularán por lo dispuesto en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.