Artículo 7.
Artículo 7 de la Ley 9/1985, de 10 de diciembre, de los Organos Consultivos de la Región de Murcia. · BOE-A-1986-7101
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-01-08.
Texto consolidado
Los Consejos y Comités Asesores podrán constituir en su seno Comisiones de Trabajo para el mejor cumplimiento de sus funciones.