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Ley Derogada

Artículo 7.

Artículo 7 de la Ley 7/1986, de 22 de diciembre, sobre la utilización de aguas para riego. · BOE-A-1987-1985

Atención: Ley 7/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Redactado el proyecto, será sometido a información pública, y en particular en los Ayuntamientos afectados, durante un plazo de treinta días, contados a partir del siguiente de la publicación del anuncio en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», a fin de que durante ese plazo los interesados y las Organizaciones Profesionales Agrarias puedan examinar dicho proyecto, que será puesto a su disposición por los Ayuntamientos en el plazo indicado, y formular las alegaciones que estimen oportunas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-12-25.

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