Artículo 7.
Artículo 7 de la Ley 7/1986, de 22 de diciembre, sobre la utilización de aguas para riego. · BOE-A-1987-1985
Atención: Ley 7/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Redactado el proyecto, será sometido a información pública, y en particular en los Ayuntamientos afectados, durante un plazo de treinta días, contados a partir del siguiente de la publicación del anuncio en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», a fin de que durante ese plazo los interesados y las Organizaciones Profesionales Agrarias puedan examinar dicho proyecto, que será puesto a su disposición por los Ayuntamientos en el plazo indicado, y formular las alegaciones que estimen oportunas.