Artículo 7. Ámbito territorial.
Artículo 7 de la Ley 6/1998, de 28 de mayo, de Régimen Jurídico de la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1998-20646
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-03.
Texto consolidado
1. El ámbito de actuación de la Cámara Agraria comprende todo el territorio de la Comunidad de Madrid.
2. Cuando la defensa de los intereses generales del sector agrario lo haga necesario, se establecerán delegaciones de carácter comarcal y/o local que tendrán la consideración, a los efectos correspondientes, de oficina pública.