Artículo 7. Irrenunciabilidad de los derechos del consumidor.
Artículo 7 de la Ley 5/2013, de 12 de abril, para la defensa de los consumidores en la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2013-4464
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-05-09.
Texto consolidado
Los derechos reconocidos al consumidor en la presente ley tienen carácter imperativo. La renuncia previa de los mismos en la adquisición y utilización de bienes y servicios, así como todo pacto en contrario que tenga por objeto la exclusión de su aplicación, será nula. Asimismo, serán nulos los actos realizados en fraude de ley de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Código Civil.