Artículo 7.
Artículo 7 de la Ley 4/1988, de 26 de octubre, por la que se declara «Oyambre» Parque Natural. · BOE-A-1988-28709
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-02.
Texto consolidado
La Consejería competente atenderá con cargo a sus presupuestos los gastos necesarios para el desarrollo de las actividades previstas en los instrumentos de planificación y gestión del Parque.#dasegunda
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Cantabria..