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Ley Vigente

Artículo 7. Cuerpos especiales.

Artículo 7 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2007-8712

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-03.

Texto consolidado

Los cuerpos especiales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears son los siguientes:

a) Cuerpo facultativo superior de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

b) Cuerpo facultativo técnico de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

c) Cuerpo ayudante facultativo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

d) Cuerpo auxiliar facultativo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

e) Cuerpo facultativo subalterno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-03.

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