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Ley Vigente

Artículo 7.

Artículo 7 de la Ley 2/2001, de 7 de marzo, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares en Materia de Ordenación del Territorio. · BOE-A-2001-7024

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-03-16.

Texto consolidado

1. El coste efectivo anual inherente al ejercicio de las competencias atribuidas por esta Ley es de ciento diecisiete millones ochocientas sesenta y seis mil novecientas ocho pesetas (117.866.908 pesetas) del año 2000.

2. El coste efectivo ha de experimentar las variaciones en función de las remuneraciones concretas que afecten al personal respecto al capítulo I y de la tasa de variación interanual que experimente el índice de precios al consumo en cuanto a los demás capítulos.

3. La cuantificación del coste efectivo responde a las siguientes valoraciones:

Consejo Insular de Mallorca

Ordenación del territorio:

Capítulo I: 18.185.813.

Capítulo II: 6.056.562.

Capítulo VI: 23.481.035.

Ordenación del litoral:

Capítulo I: 22.916.027.

Capítulo II: 2.662.475.

Total: 73.301.912.

Porcentaje sobre el total del coste efectivo: 62,2 por 100.

Consejo Insular de Menorca

Ordenación del territorio:

Capítulo I: 10.652.542.

Capítulo II: 725.332.

Capítulo VI: 3.399.239.

Ordenación del litoral:

Capítulo I: 6.437.712.

Capítulo II: 613.095.

Total: 21.827.920.

Porcentaje sobre el total del coste efectivo: 18,5 por 100.

Consejo Insular de Eivissa y Formentera

Ordenación del territorio:

Capítulo I: 10.723.353.

Capítulo II: 815.528.

Capítulo VI: 4.054.683.

Ordenación del litoral:

Capítulo I: 6.536.836.

Capítulo II: 606.676.

Total: 22.737.076.

Porcentaje sobre el total del coste efectivo: 19,3 por 100.

El desglose del coste efectivo en costes directos y costes indirectos es el que figura en el anexo II de esta Ley.

4. Dado que hay ingresos afectados a los servicios transferidos a los Consejos Insulares, el coste efectivo indicado para cada ente insular debe minorarse en el importe correspondiente a la recaudación anual líquida por estos conceptos, con la finalidad de obtener una carga asumida neta, según el siguiente detalle:

Consejo Insular de Mallorca

Coste efectivo: 73.301.912.

Ingresos afectos al traspaso: 15.738.737.

Carga asumida neta: 57.563.175.

Consejo Insular de Menorca

Coste efectivo: 21.827.920.

Ingresos afectos al traspaso: 4.066.408.

Carga asumida neta: 17.761.512.

Consejo Insular de Eivissa y Formentera

Coste efectivo: 22.737.076.

Ingresos afectos al traspaso: 4.226.454.

Carga asumida neta: 18.510.622.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-03-16.

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