Artículo 7. Proyectos de interés general de Aragón.
Artículo 7 del Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón. · BOA-d-2013-90259
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-14.
Texto consolidado
De acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente, el Consejero competente en materia de industria podrá adoptar la iniciativa de tramitar proyectos de interés general en Aragón para la realización de infraestructuras que favorezcan especialmente a las pequeñas y medianas empresas industriales, a la instalación de industrias con características singulares o aquellos proyectos que favorezcan la diversificación del tejido industrial aragonés.