Artículo 69. Desarrollo reglamentario.
Artículo 69 de la Ley 8/2017, de 3 de agosto, de accesibilidad universal de las Illes Balears. · BOE-A-2017-10541
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-06.
Texto consolidado
Reglamentariamente se regulará la composición, el funcionamiento y la organización del Consejo para la Accesibilidad, de acuerdo con lo establecido en este título y teniendo en cuenta la normativa sobre órganos colegiados.