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Ley Derogada

Artículo 69. Infracciones.

Artículo 69 de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-10725

Atención: Ley 5/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Constituyen infracciones, conforme a esta Ley, las acciones y omisiones tipificadas en la misma, sin perjuicio de las correspondientes responsabilidades civiles y penales que pudieran derivarse de las mismas.

2. Las infracciones a esta Ley se clasifican en muy graves, graves y leves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-01.

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